El Pacto es parte de la Carta Internacional de Derechos Humanos, junto con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Declaración sobre los derechos esenciales del hombre) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, incluida la última del Primer y Segundo Protocolos Facultativos.
El Pacto es supervisado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.
En un párrafo del artículo 13 se "anima a hacer de la educación gratuita en todos los niveles". En tanto, el art. 14 "obliga a las partes que aún no han establecido un sistema de enseñanza primaria obligatoria y gratuita, para adoptar rápidamente un plan detallado de acción para su introducción "dentro de un número razonable de años".
Resumen
Derecho a la educación
El Artículo 13.2 enumera una serie de medidas concretas partes están obligadas a seguir para realizar el derecho a la educación. Estos incluyen la prestación de libre, universal y obligatoria de la educación primaria, "generalizada y hacerse accesible", la educación secundaria en sus diversas formas (incluida la formación técnica y profesional), e igualmente accesible la educación superior. Todos estos deben estar disponibles para todos sin discriminación. Las partes deben también desarrollar un sistema escolar (aunque puede ser pública, privada o mixta), alentar o proporcionar becas para los grupos desfavorecidos, y se les anima a hacer de la educación gratuita en todos los niveles.
- Los Artículos 13.3 y 13.4 exigir las partes a que respeten la libertad de educación de los padres por lo que les permite elegir y establecer las instituciones educativas privadas para sus hijos, también conocida como la libertad de enseñanza. También reconoce el derecho de los padres a "reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". Esto se interpreta como que requieren las escuelas públicas a respetar la libertad de religión y de conciencia de sus alumnos, y como prohibiendo la enseñanza de una religión o sistema de creencias no discriminatoria a menos que las exenciones y las alternativas disponibles.
El Artículo 14 del Pacto obliga a las partes que aún no han establecido un sistema de enseñanza primaria obligatoria y gratuita, para adoptar rápidamente un plan detallado de acción para su introducción "dentro de un número razonable de años".
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